[1] Por Mandato:Cuando se presente mora en la cancelación de obligaciones por concepto de las transacciones realizadas mediante contratos bilaterales entre agentes del Mercado Mayorista, ya sea que se trate de contratos de energía, contratos de conexión, o contratos por el uso de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local; o por mora en la cancelación de obligaciones por concepto de uso de otros Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local. La iniciación del programa de limitación del suministro podrá ser solicitada por uno o más de los agentes que participan en el mercado mayorista, quienes serán responsables de los daños y perjuicios que se ocasionen, en el caso en que dicha orden no esté sustentada en una de las causales previstas en la presente resolución.
[2] De oficio:
Cuando, en desarrollo del contrato de mandato, se presente mora en la cancelación de obligaciones derivadas de transacciones realizadas en la bolsa de energía; mora en la cancelación de las cuentas por concepto de cargos por uso del Sistema de Transmisión Nacional; mora en la cancelación de las cuentas por reconciliaciones, servicios complementarios, servicios del Centro Nacional de Despacho o de los Centros Regionales de Despacho y, en general, por cualquier concepto que deba ser pagado al Administrador del SIC y al Administrador de cuentas por uso del Sistema de Transmisión Nacional.
Informe de deuda
Al cierre de diciembre de 2018, la deuda total alcanzó los $ 99.004 millones. De este valor $74.264 millones corresponde a deuda con la Bolsa de Energía, $24.696 millones a los Cargos por Uso del STN, $ 9.5 millones a los Cargos por Uso del STR y $34.6 millones por concepto de servicios SIC, CND y LAC
La deuda de empresas activas en el MEM, con corte a 31 de diciembre de 2018, se refiere a las obligaciones de Electricaribe por un valor total de $82.41 mil millones correspondiente a los vencimientos de noviembre y diciembre de 2016 y enero, febrero, marzo y abril de 2017. Esta empresa fue intervenida por la Superintendencia de Servicios Públicos el 15 de noviembre de 2016, quien ordenó la toma de posesión, por medio de la resolución SSPD20161000062785, en la cual destaca dentro de su artículo 4 lo siguiente: “Ordenar la suspensión de pagos de todas las obligaciones causadas hasta el momento de la toma de posesión". Por otra parte, se ha certificado la deuda de Electricaribe con todos los agentes del mercado y se han realizado las gestiones para avanzar en acuerdo de pagos con el agente especial.
Por otro lado, el valor adeudado por Tolima se encuentra en discusión judicial y la información detallada se amplía en el Informe Mandatario que se publica cada trimestre por XM en su página web.